lunes, 20 de abril de 2015

Iglesia de Agüero


EL TRIBUNAL SUPREMO RATIFICA QUE LA IGLESIA DE AGÜERO ES "PROPIEDAD DE LA PARROQUIA"

Desestima el recurso presentado por una empresa madrileña que había adquirido la Casona de los Agüero, situada junto al templo, para construir un hotel

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la empresa constructora 'Inversiones Alkaid S.L.', que reclamaba como suya la propiedad de una parte de la iglesia de Agüero (en el municipio de Marina de Cudeyo) y, ratificado en sentencia firme que el templo es, íntegramente "propiedad de la parroquia"

El fallo, que da carpetazo al litigio que tenía enfrentados a la empresa y al Obispado de Santander, avala una sentencia anterior dictada en marzo por la Audiencia Provincial de Cantabria, que había aceptado un recurso del Obispado, ya que en primera instancia el Juzgado había fallado a favor de la constructora, que había adquirido la Casona de los Agüero, situada junto a la iglesia, para convertirla en un hotel de lujo.

Los hechos que han desembocado en el fallo del tribuanl Supremo se remontan al año 2010, cuando la empresa 'Inversiones Alkaid, S.L.' adquirió a los anteriores propietarios de la Casona de los Agüero una extensa finca que limita con la iglesia parroquial con el propósito de levantar un complejo hotelero aprovechando la amplitud de la parcela y la existencia de edificaciones de estilo nobiliario, atribuyéndose la propiedad de la mitad del edificio de la iglesia parroquial así como el terreno destinado a plaza pública que alberga, entre otros servicios, una bolera.

Se produjo, por esta razón, un pleito que, en primera instancia, los juzgados decantaron del lado de la empresa constructora.

Disconforme, el Obispado presentó un recurso a la Audiencia Provincial de Cantabria, que en un fallo emitido en el mes de marzo de 2014 precisó que la única inscripción registral de la iglesia "entera" está a nombre de la parroquia de Agüero.

"Llevar tres siglos actuando como parroquia, sin oposición por parte de quienes se decían propietarios de una aprte de la iglesia, excede con mucho los actos de mera tolerancia" señalaba la sentencia.

Dispuesta a llegar hasta el final, la empresa decidió recurrir al Tribunal Supremo, que, ahora, ha ratificado que la iglesia es, toda ella, propiedad de la parroquia. No solo la iglesia, también dos tiras de terreno situadas al Norte y al Este del templo.

Así., 'Inversiones Alkaid S.L.' deberá devolver a la parroquia la franja Norte que había ocupado y donde, incluso, había ejecutado unas obras sin permiso de la parroquia.

El Diario Montañés / 13-03-15

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