sábado, 2 de julio de 2016

Torrevelo-Peñalabra


EL SUPREMO CONFIRMA QUE CCOO NO ESTÁ LEGITIMADO PARA RECURRIR EL CONCIERTO DEL TORREVELO

La sentencia ratifica el fallo del Tribunal Superior y dice que el interés que busca el sindicato es ajeno a la defensa de los derechos de los trabajadores

CC OO denunció el supuesto fraude de ley que supuso la integración de dos centros con educación segregada para solicitar el concierto

El Tribunas Supremo ha confirmado que el sindicato CC OO no está legitimado para recurrir el concierto educativo concedido al colegio Torrevelo-Peñalabra en abril de 2012 por el Gobierno cántabro, entonces presidido por el PP, porque el interés que busca es ajeno a la defensa de los trabajadores.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS desestima el recurso interpuesto por la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras y confirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que en abril de 2014 desestimó también por falta de legitimidad el recurso del sindicato contra el concierto al centro, en el que la educación si imparte de forma segregada.

El Consejo de Gobierno acordó financiar con fondos públicos al colegio Torrevelo-Peñalabra en abril de 2012 y, siete meses después, decidió no admitir el recurso de alzada presentado por CC OO contra esa decisión

En su sentencia, el Alto Tribunal explica esa falta de "legitimación" aducida basándose en que el interés del sindicato es ente caso está "desvinculado de los derechos e intereses de los trabajadores", que es la función que la ley atribuye a estas formaciones.

El propio sindicato reconoce que su único interés en este caso es la defensa de la igualdad entre hombres y mujeres, que le lleva a denunciar el "fraude de ley" que, en su opinión, supuso la integración de dos centros educativos con educación separada de niños y niñas para solicitar el concierto.

Así, el interés de CC OO, como apunta el Supremo, "carece de conexión" con la actividad del sindicato y de los trabajadores a los que representa.

El TS recuerda que los sindicatos están legitimados para interponer recurso contencioso-administrativo cunado alcanza al ejercicio de los derechos y la defensa de los intereses legítimos de los trabajadores.

José María Gutiérrez (El Diario Montañés) 4-06-16

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