
San Pablo de la Iglesia de Santa María de Piasca.
El Año Paulino en nuestra Diócesis de Santander
Este ‘Año Paulino’ se celebra de modo privilegiado en Roma, pero también lo vamos a celebrar en las Iglesias locales o Diócesis en la forma establecida por el Decreto de la Penitenciaría Apostólica, del pasado 10 de mayo de 2008, con el fin de que los fieles puedan beneficiarse de las gracias del Jubileo y de la indulgencia plenaria.
Los fieles cristianos de nuestra Diócesis de Santander, una vez cumplidas las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Romano Pontífice), excluido cualquier apego al pecado, podrán lucrar la indulgencia plenaria si participan devotamente en una acción sagrada o en un ejercicio piadoso realizados públicamente en honor del Apóstol San Pablo.
En concreto, en nuestra Diócesis se puede lucrar la indulgencia plenaria:
- los días de la inauguración solemne y la clausura del ‘Año Paulino’, en todos los lugares sagrados;
- en la S. I. Catedral, en la fiesta de la Conversión de San Pablo (25 de enero de 2009);
- en las celebraciones convocadas al efecto por la Vicaría Episcopal de San Pablo en su demarcación (la más extensa geográficamente
de la Diócesis);
- en las celebraciones convocadas con ese fin en las parroquias que tienen por titular a San Pablo, que son varias.
Los fieles impedidos por la enfermedad o por otra causa legítima y relevante, siempre con el corazón desapegado de cualquier pecado y con el propósito de cumplir las condiciones habituales apenas sea posible, podrán lucrar también la indulgencia plenaria, con tal que se unan espiritualmente a una celebración jubilar en honor de San Pablo, ofreciendo a Dios sus oraciones y sus sufrimientos por la unidad de los cristianos.
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