
Aprobación de los Estatutos del Consejo de Asuntos Económicos
VICENTE JIMÉNEZ ZAMORA, POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA OBISPO DE SANTANDER
El Consejo de Asuntos Económicos de la Diócesis de Santander viene funcionando desde hace varios años con un Reglamento. Hoy se ve la necesidad de convertir el Reglamento en unos Estatutos del Consejo de Asuntos Económicos, adaptados a la situación de la Diócesis, a tenor de los que prescribe el Código de Derecho Canónico (cc.492-494) y nuestro Estatuto de Curia ( Art. 19º y 21º).
Por todo ello, en virtud del canon 391 y concordantes del Código de Derecho Canónico,
APROBAMOS LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO DE ASUNTOS ECONOMICOS DE LA DIÓCESIS DE SANTANDER y DECRETAMOS que entren en vigor a partir de la fecha de su
publicación en el Boletín Oficial de la Diócesis de Santander.
Estos Estatutos abrogan las disposiciones diocesanas anteriores sobre la materia en la medida en que sean contrarias a lo que aquí se establece. Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Diócesis, junto con el texto de los Estatutos, que constan de 4 capítulos y 17 artículos.
Dado en Santander, a dieciocho de noviembre de dos mil nueve.
+ Vicente Jiménez Zamora
Obispo de Santander
VICENTE JIMÉNEZ ZAMORA, POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA OBISPO DE SANTANDER
El Consejo de Asuntos Económicos de la Diócesis de Santander viene funcionando desde hace varios años con un Reglamento. Hoy se ve la necesidad de convertir el Reglamento en unos Estatutos del Consejo de Asuntos Económicos, adaptados a la situación de la Diócesis, a tenor de los que prescribe el Código de Derecho Canónico (cc.492-494) y nuestro Estatuto de Curia ( Art. 19º y 21º).
Por todo ello, en virtud del canon 391 y concordantes del Código de Derecho Canónico,
APROBAMOS LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO DE ASUNTOS ECONOMICOS DE LA DIÓCESIS DE SANTANDER y DECRETAMOS que entren en vigor a partir de la fecha de su
publicación en el Boletín Oficial de la Diócesis de Santander.
Estos Estatutos abrogan las disposiciones diocesanas anteriores sobre la materia en la medida en que sean contrarias a lo que aquí se establece. Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de la Diócesis, junto con el texto de los Estatutos, que constan de 4 capítulos y 17 artículos.
Dado en Santander, a dieciocho de noviembre de dos mil nueve.
+ Vicente Jiménez Zamora
Obispo de Santander
Por mandato de su Excia. Rvdma.
Isidro Pérez López
Canciller-Secretario
OBISPO
http://www.diocesisdesantander.com/documentos/Boletin/D_Vicente_Jiménez/2009/201001Boletin_nº_6_noviembre-diciembre.pdf
Isidro Pérez López
Canciller-Secretario
OBISPO
http://www.diocesisdesantander.com/documentos/Boletin/D_Vicente_Jiménez/2009/201001Boletin_nº_6_noviembre-diciembre.pdf
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