martes, 17 de abril de 2012

Consejo Diocesano de Pastoral




Decreto de reforma parcial de los Estatutos del Consejo Diocesano de Pastoral

Considerando la conveniencia de que en el citado Consejo estén presentes los Delegados diocesanos para procurar un mejor cumplimiento del principal fin del Consejo: “Estudiar y valorar lo que se refiere a las actividades pastorales de la diócesis y sugerir conclusiones prácticas sobre ellas”. El artículo 4º quedaría como sigue:

Título III
Composición
Artículo 4º: El Consejo diocesano de pastoral, presidido por el Obispo, está compuesto por los siguientes miembros.
1º. Miembros natos
a) Vicario General, Vicario Judicial y Vicarios episcopales
b) Presidente de la CONFER
c) Delegados diocesanos
2º. Miembros electos
a) Un laico representante de cada arciprestazgo
b) Tres laicos representantes de Grupos y Movimientos
c) Un sacerdote representante del Presbiterio
3º. Miembros de libre designación episcopal

† Gerardo Melgar Viciosa
   Obispo de Osma-Soria

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