viernes, 2 de diciembre de 2011

Matrimonios en Las Caldas


Celebración de matrimonios en el Santuario de Las Caldas

VICENTE JIMÉNEZ ZAMORA, Obispo de Santander. Atendiendo a la situación de hecho en lo referente a la celebración de matrimonios en el Santuario de Ntra. Sra. de Las Caldas de Besaya, para regular la pastoral de este Sacramento en dicho Santuario, teniendo encuenta la actual legislación canónica, y en continuidad y aplicación del decreto dado por mi predecesor, Mons. José Vilaplana Blasco, el 1 de octubre de 2000.

Por el presente DECRETO:

1º Concedemos licencia para que se puedan celebrar matrimonios de forma habitual en el Santuario de Ntra. Sra. de Las Caldas a todos los que quisieren dentro de las normas generales de la Iglesia.

2º Concedemos asimismo delegación general, con facultad de subdelegar de forma especial, al Padre Prior del Santuario de Ntra. Sra. de las Caldas y a quien haga sus veces según sus normas.

3º Determinamos que la celebración de todos los matrimonios que se elebren en el santuario se inscribirá en el libro que a tales efectos se abrirá n el archivo del Santuario, previa apertura legal por el Ordinario. Decaen los derechos y obligaciones de la parroquia de Barros.

Dado en Santander a uno de septiembre de dos mil once.

+ Vicente Jiménez Zamora, Obispo de Santander

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